martes, 24 de junio de 2008
Etiquetas | depósitos, fiscalidad
¿Qué impuestos/tributos pagan los depósitos?
martes, junio 24, 2008
FISCALIDAD DE LOS DEPÓSITOS Los intereses de los depósitos se consideran rendimientos de capital mobiliario, que se suman a la base liquidable del contribuyente y tributan al marginal.
En el caso de que los rendimientos se hayan generado a partir de los dos años y un día, gozan de una exención del 30%, de manera que únicamente se tributa por el 70% de los mismos.
En el caso de que los rendimientos se hayan generado a partir de los dos años y un día, gozan de una exención del 30%, de manera que únicamente se tributa por el 70% de los mismos.
Gozan de una retención a cuenta, de manera que los intereses recibidos por un depósito son netos.
La nueva ley del IRPF ha reducido esta retención desde el 25% anterior hasta el 18% actual.
También con la nueva normativa han quedado sujetos a retención los depósitos financieros a corto plazo, aquellos que invierten en Letras y repos de Deuda del Estado, que hasta entonces no estaban sujetos.
Existen unos depósitos que, por estar domiciliados en el extranjero, no sufren retención fiscal. Son los denominados Eurodepósitos o EuroIPF, en los que el interés que se recibe es bruto.
P.D.: Información actualizada a la fecha de publicación del artículo.
Fuente: INJEF
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